Continuando con el vital tema de la banca offshore, el abogado y periodista Giovanni Caporaso refiere que entre sus principales ventajas aparecen estar menos sometidas a la intervención gubernamental y la exención de cumplir con regulaciones sobre el capital (controles de cambio sobre transacciones exteriores o sobre política de inversiones, entre otros). Esto se traduce en mayor libertad de movimientos para sus clientes y, en muchas ocasiones, una reducción de costos que favorece los pagos de intereses más elevados.
No todas las entidades bancarias situadas en Paraísos Fiscales clasifican como banca offshore; allí conviven con los mismos bancos normales u onshore, que prestan servicio a los residentes y que no están acogidos a la legislación específica antes mencionada.
Casi siempre la banca offshore opera en territorios pequeños o insulares de baja o nula tributación, con elevado grado de seguridad jurídica y financiera que atrae a clientes de las principales potencias mundiales, como por ejemplo Letonia, San Kitt y Nevis, Belize, Islas Caimán, Panamá y San Vicente y las Granadinas.
En la mayoría de las jurisdicciones offshore se castiga con pena de cárcel y altas multas algún tipo de quebrantamiento del secreto bancario; pero sobre todo las jurisdicciones offshore sobresalen por impuestos bajos o nulos tanto para personas residentes como no residentes y el secreto bancario y comercial establecido por ley.
También las jurisdicciones offshore se caracterizan por no tener convenios de intercambio de información fiscal con los países de alta tributación y estar dotados de excelentes comunicaciones -en especial telecomunicaciones-, y el personal de la banca online efectúa cabalmente sus operaciones en inglés, francés, alemán, español, ruso y chino, con servicios de apertura las 24 horas del día y los 365 días del año. (Continúa)
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